La negativa del legislativo mexicano a prohibir plásticos de un solo uso
Colectiva México Tóxico
En 2019, el Congreso del estado de Oaxaca aprobó diversas reformas y adiciones a la Ley para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos Sólidos, que prohibía en todo el estado la venta, distribución o uso de botellas, envases y embalajes desechables de plástico (PET, unicel), para prevenir la contaminación ambiental y proteger la salud.
Ante dicha resolución, empresas vinculadas con FEMSA-Coca-Cola: Propimex y Oxxo se ampararon y ganaron en 2022 cuando la Segunda Sala de la Corte determinó que la medida tomada por el Congreso de Oaxaca era inconstitucional, al supuestamente invadir la competencia de la Federación y no ajustarse a la Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos.
Frente a este retroceso legislativo, el 21 de marzo de 2023, Greenpeace México, El Poder del Consumidor y Acción Ecológica, acompañadas por la Asociación Ecológica Santo Tomás, Fronteras Comunes y No Es Basura interpusieron un juicio de amparo para solicitar la prohibición de los plásticos de un solo uso a nivel federal bajo los argumentos de defensa de derechos humanos y fundamentado también en dos documentos claves de la Relatoría Especial de las Naciones Unidas sobre tóxicos y derechos humanos:
1) Las etapas del ciclo del plástico y su impacto en los derechos humanos de Marcos Orellana, donde describe claramente cómo los derechos humanos se ven afectados en todas las etapas del ciclo de vida del plástico –extracción, producción, consumo, desecho, reciclaje, disposición final y su comercio transfronterizo (colonialismo de la basura).
2) El deber que tiene el Estado de prevenir la exposición a sustancias químicas según el listado del ex relator especial de las Naciones Unidas sobre Derechos Humanos y Sustancias, y Desechos Peligrosos, Baskut Tuncak.
Así, en agosto del 2024, las organizaciones obtuvieron la sentencia a su favor donde el Vigésimo Tribunal Colegiado le instruye al Congreso de la Unión para que cumpla con la protección de los derechos humanos al medio ambiente sano y a la salud pública de la población y se prohíban los plásticos de un solo uso. En dicha sentencia, el Poder Judicial reconoce que:
- Los plásticos y principalmente los no esenciales –como el PET y el unicel– constituyen una fuente importante de contaminación que agrava la emergencia climática y afecta a las personas.
- Las autoridades no han adecuado la legislación doméstica a lo previsto por los ordenamientos y resoluciones internacionales.
- Que dicho incumplimiento acarrea una afectación a los derechos fundamentales al medio ambiente sano y a la salud pública.
A pesar de la existencia de tan importante sentencia ganada, el Poder Legislativo sigue sin mostrar acciones de cumplimiento y solo han formulado –de la mano de la industria, Semarnat, cámaras y organizaciones pro industria– iniciativas que perpetúan la producción, uso, consumo, quema, importación y contaminación por este tipo de plásticos, en contraposición a las acciones mundiales de su eliminación bajo propuestas de retrasar una prohibición hasta el 2040, además de enmascararlas bajo una supuesta “economía circular” que promueve su quema como forma de gestión.
Esta situación de protección a los intereses industriales ha sido reportada a la Relatoría Especial de las Naciones Unidas sobre Tóxicos y Derechos Humanos, ya que es una franca violación a los derechos humanos, a los derechos constitucionales, y a los compromisos internacionales para la protección de la salud y el ambiente.
Justificar que la contaminación plástica se puede abatir con tecnologías de valorización energética y reciclaje tóxico etiquetándolas de economía circular es aberrante, por lo que hay que avanzar hacia la reducción real de la crisis plástica, y no continuar con estas políticas de daño sistémico que solo perpetúan la contaminación y quebrantan territorios, comunidades, y los ecosistemas.
Colectiva México Tóxico
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