Avanzan derechos de la diversidad sexual en varias entidades — letraese letra ese

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Avanzan derechos de la diversidad sexual en varias entidades


Notiese. Con 20 votos a favor y cinco en contra, el Congreso de Yucatán aprobó la modificación al artículo 94 de la Constitución del Estado para replantear la definición de matrimonio y establecer que en lugar de ser la unión entre un hombre y una mujer ahora será “la unión jurídica libre y voluntaria de dos personas con igualdad de derechos, deberes y obligaciones”.

Dicha modificación, por la cual votaron a favor las fracciones del Partido Revolucionario Institucional, el Movimiento de Regeneración Nacional, Movimiento Ciudadano, el Partido Verde Ecologista, el de la Revolución Democrática, y de manera fraccionada, Acción Nacional, respondió a un llamado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Durante la última semana de agosto, la Corte ordenó a la Cámara de Diputados local repetir una primera votación en la que se rechazó el matrimonio igualitario, por considerarla inválida puesto que se realizó por cédula y en secreto, lo que, según las y los ministros, violó el derecho a la información de la ciudadanía para conocer el sentido del voto de sus representantes.

Larga historia

El impulso del matrimonio igualitario en la entidad comenzó en 2008 cuando un grupo de organizaciones civiles promovió una iniciativa popular para juntar firmas y presentar una propuesta ante el Congreso para aprobar el matrimonio y concubinato entre personas del mismo sexo, sin embargo, sólo se pudieron recabar la mitad de las tres mil firmas requeridas.

Como respuesta organizaciones cercanas a la jerarquía católica presentaron una iniciativa popular denominada “a favor de la familia”, cuyo objetivo era constitucionalizar la restricción ya existente en el código civil de que el matrimonio es la unión entre un hombre y una mujer, logrando tener eco en el poder legislativo local.

En 2012, se volvió a presentar una iniciativa de ley en el Congreso estatal para reconocer el matrimonio y concubinato a las parejas del mismo sexo, pero quedo sin discusión, a pesar el otorgamiento de 13 amparos por parte de jueces federales a parejas del mismo sexo a las que el registro civil ha negado la posibilidad de casarse. Por lo tanto, tras dos años de inacción, organizaciones civiles como Indignación AC, Oasis de San Juan de Dios y UNASSE interpusieron una acción por omisión legislativa ante el Tribunal Constitucional del estado de Yucatán integrado por todas y todos los magistrados del Tribunal Superior de Justicia de la entidad.

Sin embargo, la iniciativa no fue tomada en cuenta durante los próximos siete años hasta que el organismo supremo de justicia analizó la situación específica de la entidad sureña ante la falta legislativa cometida por el Congreso.

Protección a víctimas en zacatecas

Con una reforma a diversos artículos del Código Penal de Zacatecas, las y los diputados argumentaron fortalecer el marco jurídico de protección a las víctimas del delito, principalmente a los grupos vulnerables como niñas, niños y adolescentes, mujeres y miembros de las comunidades de la diversidad sexual.

De igual forma, las y los diputados tipificaron en el Código Penal los delitos de odio, incluyendo los crímenes por razones de preferencia u orientación sexual, modificando el artículo 182 Bis del Código Penal, referente a la discriminación.

Además del 301, del mismo código, relativo al homicidio y lesiones, planteando que estos serán calificadas cuando se cometan con motivo de odio, entendido por éste cuando el sujeto activo lo comete por la condición social o económica; vinculación, pertenencia o relación con un grupo social definido; origen étnico o social; la nacionalidad o lugar de origen; el color o cualquier otra característica genética; sexo; lengua; género; religión; edad; opiniones; discapacidad; condiciones de salud; apariencia física; orientación sexual; identidad de género; estado civil; ocupación o actividad de la víctima.

También se establece que las lesiones que se provoquen a una persona cuyo móvil de la acción del sujeto activo sea con motivo de odio, se aumentará de uno a dos terceras partes del mínimo y máximo de la sanción que correspondería. A su vez, a quien prive de la vida a una persona por motivaciones de odio, se le podrá imponer de 20 a 40 años de prisión y multa de doscientas a trescientas cuotas.

Situación en Yucatán

Tras un mes de espera, Sasha Ceseña, se convirtió en la primera mujer trans en cambiar su identidad de género. La directora de la organización Trans BCS, una de las organizaciones pujantes por el cambio en el Código Civil, llevó a cabo el proceso de rectificación de su acta de nacimiento en el Registro Civil de San José del Cabo.

En junio pasado, con 14 votos a favor, el Congreso de la entidad aprobó la Ley de Identidad Trans, que permitirá a los mayores de 18 años cambiar su nombre y género de forma gratuita.

El acto pudo realizarse tras la constante presión de organizaciones de la sociedad civil y de la Comisión Estatal de Derechos Humanos para que el gobernador del estado, Carlos Mendoza Davis, publicará el decreto en el Periódico Oficial. A la par de esta modificación al Código Civil, se aprobó la reforma al Código Penal para prohibir las terapias de conversión aplicadas con el objetivo de cambiar la orientación sexual o identidad de género, y anteriormente, se había permitido el matrimonio entre personas del mismo sexo.

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