Retos de las infancias trans — letraese letra ese

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Retos de las infancias trans


A las puertas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) llegaron decenas de menores de edad autoidentificados como trans o no binaries para exigir que en sus estados de origen les permitan modificar sus documentos legales. Trazaron pintas sobre las superficies de las aceras aledañas al tribunal constitucional, en las que se leía: “Yo no estoy aquí por gusto, estoy aquí por obligación, porque nadie respeta nuestros derechos. Nosotros deberíamos ser visibles sin necesidad de ser discriminados y poder ser nosotros mismos en cualquier lugar. Pero desafortunadamente no es así…”, y recordaron que aún hay muchos pendientes en la materia.

La manifestación y performance, celebrada en el marco del Día de la Visibilidad Trans, efeméride promovida por la sociedad civil para mostrar los pendientes en materia de reconocimiento de derechos, se sumó a muchas otras llevadas a lo largo del país.

En medio de cuestionamientos y de increpaciones por las posturas oficiales con respecto a la modificación del Código Civil de Jalisco para reconocer el derecho a la identidad autopercibida de las personas trans menores de edad, en las que se argumentó que integrantes de este sector de la población “carecen de la madurez suficiente para definir su propia identidad de género”, el Congreso de la entidad decidió no modificarlo a pesar de la gran cantidad de apoyos a la iniciativa presentada en el mismo como parte de una resolución de la SCJN.

En la iniciativa se proponía únicamente establecer que la protección ya vigente para personas mayores de edad, aprobada en 2020 y consistente en que puedan tramitar documentos civiles con su identidad elegida a través de un proceso administrativo, en el que no se requieren peritajes ni se exigen otros requisitos más que la solicitud de la misma, también estuviera al alcance para las personas menores de edad.

Dicha situación ya es una realidad en la entidad debido a que el 29 de octubre de 2020, el Gobierno de Jalisco publicó un decreto en el Periódico Oficial del Estado en el que se reconoce la identidad de género de las personas trans y establece que el Registro Civil tiene la facultad para llevar a cabo el cambio de nombre y de género, sin importar el lugar de nacimiento o residencia y sin límite de edad, lo que quiere decir que las infancias puede autodeterminarse.

Información proporcionada por algunas fuentes consultadas mostró que a partir de la promulgación del decreto, vigente hasta el día de hoy, en promedio, al año, se realizan 100 trámites de reconocimiento de identidad de personas menores de edad, por lo que, hasta el momento, se calcula que se han beneficiado con la medida más de 500 personas, sin importar si son o no originarias de Jalisco.

De acuerdo con la Consulta Infantil y Juvenil realizada por el Instituto Nacional Electoral en 2018, en la que se encuestó a 5 millones 671 mil niñas, niños y adolescentes del país, alrededor de 2.1 por ciento no se identificaron con el género mujer u hombre, o sea 119 mil personas de entre 6 y 17 años. Además, las personas trans suelen comunicar su identidad a partir de los tres años y en promedio a los seis, de acuerdo con datos de la Asociación para la Infancias Trans. A pesar de las cifras, menos de 10 estados de la República Mexicana reconocen el derecho a la identidad autopercibida de las personas trans menores de edad.

 

“Yo no estoy aquí por gusto, estoy aquí por obligación, porque nadie respeta nuestros derechos. Nosotros deberíamos ser visibles sin necesidad de ser discriminados y poder ser nosotros mismos en cualquier lugar. Pero desafortunadamente no es así”, sostienen los menores trans.

 

Lucha sin terminar

En recuerdo a la publicación del decreto de Jalisco, primero en su tipo en el país, desde 2021, a iniciativa de organizaciones de la sociedad civil, se conmemora el 29 de octubre como el Día de la Promoción de los Derechos de las Infancias Trans, a fin de impulsarlos en todas las entidades federativas. Una de las principales herramientas para este cabildeo ha sido la sentencia de la SCJN emitida en 2022.

Esta derivó de la acción de inconstitucionalidad 73/2021 promovida por la Comisión Nacional de Derechos Humanos para demandar la invalidez del artículo 875 Ter, fracción II, del Código Civil de Puebla, por discriminar por edad ya que sólo reconocía el levantamiento de una nueva acta de nacimiento a personas trans con 18 años cumplidos o más.

Tras la sentencia, en 2022, Sinaloa fue el segundo estado de la República que reconoció la identidad de género autopercibida para las personas trans mediante la actualización del acta de nacimiento sin restricciones de edad, incluyendo a las infancias y las adolescencias. Un bienio después, en Baja California se aprobó la Ley de Infancias Trans mediante reforma al Código Civil con el objetivo de asegurar los derechos de las infancias y adolescencias trans mediante el cambio del acta de nacimiento sin restricción de edad.

Casi a la par, el Congreso de Baja California Sur aprobó la modificación del artículo 144 Ter del Código Civil, en el mismo sentido. En cambio, en la Ciudad de México, Oaxaca y Morelos se acató la misma sentencia, pero el reconocimiento de la identidad a través del cambio administrativo de documentos sólo es posible a partir de los 12 años de edad.

Recientemente, en la capital mexicana se reconocieron los derechos de las personas no binarias, a través de la adición de la fracción XXVI bis al artículo 4 de la Ley para el Reconocimiento y la Atención de las Personas LGBTTTI, una ley innovadora en la materia al ser de las primeras en su tipo.

Así, se define que las personas con identidad de género no binario son “aquellas personas cuya identidad de género no es ni femenino ni masculino y se asumen más allá del binarismo de género” y sus derechos se salvaguardarán bajo la figura de la no discriminación por identidad de género. Por lo tanto, quienes sean menores de edad, mayores de 12 años, y se autoperciban como no binarios, pueden solicitar la rectificación de su acta de nacimiento.

En otros estados como Nuevo León, no se ha reconocido el derecho a la identidad de género en general, mas se cuenta con un Protocolo de Actuación para la Atención de Niñas, Niñes, Niños y Adolescentes con Identidades de Género Trans y\o No Binaries para el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia.

A nivel federal, los trámites para reconocer a menores trans se realizan en todos los consulados de México en el mundo, aunque con la limitante de que sólo son posibles a partir de los 12 años.

Respuestas pendientes

Actualmente, en Aguascalientes, Chiapas, Durango, Guanajuato, Guerrero, Nuevo León, Tabasco y Tamaulipas no se han modificado las leyes para reconocer la identidad de género.

En Campeche, recién se modificó en junio de 2024, pero quedaron excluidas las personas trans menores de edad. Lo mismo ocurrió en Guanajuato, donde también se reformó el Código Civil en diciembre pasado.

Después de tres años de realizar trámites de rectificación de actas de nacimiento conforme a la identidad sexogenérica en las diferentes oficinas del Registro Civil de Veracruz, en todos los municipios de la entidad, el pasado 31 de enero se dejó de realizar dicho trámite de manera súbita y sin aviso previo. Lo anterior, debido a que se cumplía con el precedente obligatorio aprobado por la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia del Estado, publicado en la Gaceta Oficial de Veracruz del 10 de agosto de 2021, pese a que no hubo modificación al Código Civil local.

Ante la situación, se presentó una iniciativa que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Civil de Veracruz, para garantizar dicho derecho, así como el procedimiento administrativo de reconocimiento dentro de los actos del estado civil, aunque, en caso de aprobarse, sólo aplique para personas mayores de edad.

En Colima, desde hace un año, el Instituto de Atención a la Diversidad Sexual ha promovido que se reforme la ley en la materia y se actúe en congruencia, pues, incluso, en la entidad, el 31 de marzo ha sido declarado como el “Día estatal de reconocimiento a la dignidad y visibilidad de las personas travestis, transgénero y transexuales”, pero no se reconocen los derechos de las infancias trans.

De acuerdo con la organización civil Infancias Trans, “el derecho a la identidad, al ser reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, así como en tratados internacionales como la Convención sobre los Derechos del Niño y los Principios de Yogyakarta, obliga al Estado a garantizar que todas las personas, independientemente de su identidad de género, disfruten de un trato digno y justo, particularmente en espacios educativos”.

 

De acuerdo con la Consulta Infantil y Juvenil realizada por el INE en 2018, en la que se encuestó a 5 millones 671 mil niñas, niños y adolescentes del país, alrededor de 2.1 por ciento no se identificaron con el género mujer u hombre, o sea 119 mil personas de entre 6 y 17 años.

 

Realidades

En 25 estados de la República ocurren historias como la de Sophie, de 17 años, quien, en 2022, solicitó un amparo en Aguascalientes para convertirse en la primera menor de edad de su entidad en ser identificada oficialmente con el nombre que ella eligió.

Hizo la solicitud acompañada de la organización civil Cultivando Género A.C., pero su petición fue rechazada en julio del 2021 por el Registro Civil. Entonces interpuso un juicio de amparo para que su derecho al libre desarrollo de la personalidad fuera respetado y garantizado en su estado natal.

Sara, por otro lado, a través de la asociación Infancias Trans, comparte que en la escuela, la directora solía llamarle por su nombre de nacimiento (masculino), a pesar de que ella le repetía constantemente que ese no era su apelativo. Pero la respuesta que obtenía era que su identidad legal era masculina y debía de respetarse como tal.

Ante esto, ella se cuestionaba si es válido causar daño psicológico a una persona por no dejarla utilizar el nombre de su elección, y deja en claro que sólo desea, “por favor, por mi salud mental y mi bienestar personal, denme mi nombre”.

Como Sophie o Sara, millares de infantes y adolescentes trans padecen en sus escuelas o en otros espacios posibles actos de discriminación ante la falta de reconocimiento de su identidad, debido a que se les nombra con base en su identidad de nacimiento y no a la autoadscripción.

Para muchas personas adultas trans que no tuvieron la posibilidad de ser reconocidas legalmente en la infancia, un documento adecuado a su identidad de género les habría permitido vivir esos pasajes de una forma más tranquila, sin acoso escolar y sin cuestionamientos a su forma de ser.

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