Matrimonio igualitario es aprobado en Guanajuato — letraese letra ese

Director fundador | CARLOS PAYAN Director general | CARMEN LIRA SAADE • Director Alejandro Brito Lemus

SALUD SEXUALIDAD SOCIEDAD

ARCHIVO HISTÓRICO

Número

Usted está aquí: Inicio / 2026 / 01 / 08 / Matrimonio igualitario es aprobado en Guanajuato
× Portada Guardada!

Matrimonio igualitario es aprobado en Guanajuato


Notiese. Con 25 votos a favor y nueve en contra, el Congreso de Guanajuato aprobó reformas al Código Civil para que las parejas conformadas por personas del mismo sexo puedan celebrar matrimonio en la entidad sin restricción alguna.

Esta modificación implica la sustitución de los términos “marido y mujer”, contenidos en el Código Civil local, por el de “personas cónyuges”, con el objetivo de garantizar el respeto, la igualdad y la ayuda mutua en la comunidad de vida que constituye el matrimonio, alineando la normativa local con la interpretación de la Suprema Corte.

En 2025, el Congreso discutió el tema del matrimonio igualitario en dos ocasiones. La primera votación, en mayo, terminó en empate con 18 votos a favor y 18 en contra, lo que impidió que la iniciativa prosperara o bien, se desechara. En una segunda votación, realizada el 5 de junio de 2025, la propuesta fue rechazada con 19 votos en contra y 17 a favor, luego de que la diputada Itzel Mendoza, del Partido Verde, votara en contra.

El estado también prohibió los Ecosig

A su vez, el congreso guanajuatense aprobó, con 32 votos a favor, la penalización de los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG), conocidas también como “terapias de conversión”. Se trata de estrategias pseudopsicológicas para tratar de eliminar las disidencias sexuales.

En este caso se trata de una reforma penal, en la que el dictamen establece que quien imparta u obligue a un menor de edad o a una persona incapaz de decidir a someterse a ECOSIG enfrentará penas de dos a seis años de prisión y una multa de 20 a 60 días de salario mínimo.

Si el responsable es padre, madre o tutor, la sanción consistirá en multa y tratamiento psicoterapéutico integral, según lo determine el juez. El delito será perseguido de oficio, pero se especifica que el consentimiento informado de la víctima mayor de edad excluye la tipificación.

Se aclara que se considera ECOSIG las prácticas como sesiones psicológicas, psiquiátricas, médicas o cualquier método o tratamiento cuyo objetivo sea anular o menoscabar la expresión o identidad de género o la orientación sexual de la víctima.

Sin embargo, la legislación establece una excepción crucial para los casos en que haya un consentimiento informado otorgado por una víctima mayor de edad excluye la comisión de este delito.

Hasta el momento, además de Guanajuato, han realizado las modificaciones correspondientes en la materia los estados de Baja California, Baja California Sur, Ciudad de México, Colima, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Jalisco, Morelos, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, Sinaloa, Sonora, Tlaxcala, Yucatán, Zacatecas.

Comments
comentarios de blog provistos por Disqus