Consentimiento informado es obligatorio para abortar: SCJN — letraese letra ese

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Consentimiento informado es obligatorio para abortar: SCJN


Notiese. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional una porción del Código Penal de Sinaloa que permitía interrumpir un embarazo sin el consentimiento de la mujer o persona gestante cuando se considerara que estaba “imposibilitada” para decidir, particularmente en casos de discapacidad.

Con la Declaratoria General de Inconstitucionalidad 1/2025, el máximo tribunal eliminó del artículo 158, fracción IV la frase que señalaba que “no será necesario el consentimiento…”, al concluir que vulneraba derechos fundamentales y perpetuaba una visión discriminatoria hacia las personas con discapacidad.

La resolución establece que siempre deberá existir consentimiento previo, libre e informado para la interrupción del embarazo. La Corte subrayó que el Estado debe proporcionar apoyos y ajustes razonables para que la persona gestante pueda expresar su voluntad, en lugar de sustituirla automáticamente por la de un tutor o representante legal.

La ponencia fue elaborada por la ministra Loretta Ortiz Ahlf, quien sostuvo que permitir a terceros decidir en estos casos envía un mensaje de inferioridad y desconoce la autonomía reproductiva. Por ello, la resolución asume que la eliminación de esta frase del Código Penal sinaloense garantiza que, en todos los casos, se recabe “el consentimiento previo, libre, pleno e informado de las mujeres y personas con capacidad de gestar”.

La decisión del pleno se produjo luego de que el congreso local no modificara la norma dentro del plazo de 90 días naturales otorgado por la propia Corte en 2025. Ante la omisión legislativa, el tribunal procedió a invalidar directamente la disposición.

Durango aún no despenaliza el aborto

El 18 de julio de 2025, el Segundo Tribunal Colegiado del Vigésimo Quinto Circuito resolvió el Amparo en Revisión 116/2023, presentado por las organizaciones civiles Sí hay mujeres en Durango y Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), respaldado por REDefine Durango y activistas del estado, y declaró inconstitucionales los artículos que prohíben de forma absoluta el aborto voluntario en el Código Penal de Durango; además de ordenar al Congreso local reformar la legislación penal.

En comunicado de prensa, las organizaciones civiles señalaron que este fallo es parte de estrategias jurídicas impulsadas por la organización comunitaria, luego de la sentencia de la SCJN sobre la Acción de Inconstitucionalidad en el caso de Coahuila en septiembre de 2021, para que se elimine el delito de aborto de todos los códigos penales y se reconozca como un servicio de salud esencial al que mujeres, hombres trans y personas no binarias gestantes pueden recurrir para ejercer su autonomía reproductiva.

Además, se señala que el congreso local tiene la responsabilidad de respetar, promover y garantizar la laicidad del Estado en su labor legislativa, principio consagrado en el artículo 40 de la Constitución Política y refrendado por Durango en el artículo 60 de su constitución local.

Al respecto, la actual LXX Legislatura del Congreso del Estado de Durango fue notificada oficialmente el 5 de septiembre de 2025 de la resolución, por lo que el plazo para acatar el mandato y despenalizar el aborto en la entidad venció el 15 de diciembre pasado, fecha en que concluía el Periodo Ordinario de Sesiones. Sin embargo, la reforma al Código Penal de Durango no se llevó a cabo.

Es una reforma que ha sido planteada en varias ocasiones, pues en septiembre de 2021, mujeres duranguenses organizadas presentaron la primera iniciativa popular en México impulsada desde la sociedad civil en la materia, representando un ejercicio formal de democracia participativa respaldado por más de siete mil firmas ciudadanas. No obstante, en 2022 dicha iniciativa fue votada en contra, evidenciando resistencia política frente a una demanda legítima.

Durante años, organizaciones civiles han trabajado en la difusión de información sobre derechos sexuales y reproductivos, y protocolos de aborto seguro con medicamentos, brindando acompañamiento a mujeres y personas con capacidad de gestar que necesitan abortar, y en casos necesarios proporcionar herramientas a quienes viven situaciones de violencia. Algunas cifras indican que de 2022 a 2025, la colectiva Acompañantes Laguna registró 470 acompañamientos de abortos, en los municipios Lerdo y Gómez Palacio.

Urgen eliminar delito de peligro de contagio

Como resultado del Foro La respuesta al VIH en México y no discriminación, celebrado en la Cámara de Diputados, como parte del Día por la Cero Discriminación, organizado por la diputada Laura Hernández García, se emitió un exhorto a todos los congresos estatales de la República Mexicana donde no se ha derogado la figura de delito de peligro de contagio de sus códigos penales.

Publicado en la Gaceta Parlamentaria, el llamado señala que se emite en concordancia con los lineamientos internacionales, donde se establece la meta de que menos del 10 por ciento de los países tengan marcos legales y políticos que conduzcan a la negación o limitación del acceso a los servicios relacionados con el VIH. Sustentada en la evidencia científica de que “las personas que viven con el VIH que siguen un tratamiento antirretroviral y que tienen un nivel indetectable de VIH en su sangre no presentan ningún riesgo de transmitir el virus sexualmente”.

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