Actualizan la NOM sobre servicios de salud reproductiva
Notiese. Después de 33 años sin cambios, México publicó la nueva NOM-005-SSA-2026, que establece criterios obligatorios para la provisión de servicios de planificación familiar y anticoncepción en todo el país, como parte de una respuesta a compromisos internacionales de México, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
De acuerdo con el Grupo de Información en Reproducción Elegida, con este versión aprobada en junio pasado, se actualiza el marco con el que deben brindarse estos servicios, y deja atrás disposiciones y enfoques que ya no responden a los estándares actuales de derechos humanos y salud reproductiva.
Entre otros factores por que sustituye el enfoque demográfico y de control de la natalidad por uno centrado en las personas y sus derechos humanos; coloca la autonomía corporal y las decisiones reproductivas en el centro de los servicios; reconoce a mujeres, hombres trans y personas no binaries con capacidad de gestar; permite que las personas adolescentes soliciten directamente servicios de anticoncepción y consejería; elimina disposiciones discriminatorias hacia las personas con discapacidad e incorpora una perspectiva interseccional.
Los cambios
La Norma detalla que los servicios deben ser gratuitos en todas las instituciones públicas, sin importar afiliación y el personal debe garantizar información suficiente para la toma de decisiones, orientación adecuada, consentimiento informado y revocable, confidencialidad estricta y una disponibilidad real de métodos anticonceptivos en las unidades de salud.
De igual manera, establece que el acceso a métodos anticonceptivos tras parto, cesárea o aborto es obligatorio, además de contemplar que las personas con discapacidad, adolescentes y miembros de grupos históricamente vulnerados pueden solicitar directamente estos servicios, recibir consejería y seleccionar el método de su preferencia. También señala que el personal de salud debe informar sobre los beneficios, riesgos y efectos secundarios de todos los métodos anticonceptivos y asegurar un trato digno y confidencial y exige capacitación continua a este en materia de acceso sin discriminación, pertinencia cultural y perspectiva de género en la consejería.
Por otra parte, indica que las decisiones de las personas usuarias deben ser respetadas y ningún método puede ser impuesto y delimita que el consentimiento informado es obligatorio antes de la aplicación de métodos quirúrgicos o de larga duración y puede ser revocado en cualquier momento. Además. el otorgamiento de métodos de barrera y emergencia no requiere prescripción ni historia clínica previa.
En este último rubro, la Norma clasifica los métodos anticonceptivos en temporales y permanentes. Incluye hormonales combinados, hormonales con progestágeno solo, dispositivos intrauterinos, métodos de barrera, métodos basados en el conocimiento de la fertilidad, anticoncepción de emergencia, oclusión tubaria bilateral y vasectomía.
Además, detalla que la información sobre cada método debe abarcar mecanismo de acción, efectividad, duración, riesgos, beneficios y efectos secundarios, y que estos se pueden otorgar a la persona interesada a pesar de la imposibilidad de integrar una historia clínica.
Algunas cifras
De acuerdo con la Encuesta Nacional de la Dinámica Demográfica (ENADID) y la Estadística de Nacimientos Registrados, en 2023, la prevalencia de uso de anticonceptivos en mujeres de 15 a 49 años sexualmente activas fue de 74.7 por ciento, equivalente a 13.9 millones de personas.
La demanda insatisfecha de anticonceptivos se estimó en 12.2 por ciento y sube a 14.1 por ciento en mujeres de habla indígena, 12 por ciento en mujeres con discapacidad y 27.1 por ciento en adolescentes de 15 a 19 años. Otros datos revelaron que entre las mujeres embarazadas sexualmente activas, 30.3 por ciento declaró que su embarazo no fue planeado o deseado. En adolescentes embarazadas, la cifra alcanzó 39.2 ciento.
La elaboración de la Norma involucró a instituciones públicas (como el IMSS y el ISSSTE), internacionales (como el Fondo de Población de las Naciones Unidas) y organizaciones civiles.
Guanajuato sigue sin aprobar aborto
En conferencia de prensa, Fanny González, fundadora de la colectiva Aborto Legal México explicó que en Guanajuato, el estigma social y la falta de educación sexual integral llevan a que mujeres jóvenes de entre 19 y 25 años en situación de precariedad busquen abortar en la clandestinidad y bajo un alto impacto emocional.
Refirió que la entidad representa, junto con Querétaro, una cuarta parte de las solicitudes de acompañamiento que atiende la organización a nivel nacional, el proceso de despenalización en la entidad avanza en medio del desacato del Congreso local al mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, lo que frena la creación de políticas públicas y servicios de salud universales.
La activista añadió que hoy, en Guanajuato, existe un proceso paralelo: por un lado, las iniciativas de reforma dentro del Congreso local y, por otro, los litigios estratégicos, principalmente impulsados por organizaciones como GIRE, que han permitido avanzar jurídicamente en la materia.