Feminicidio: abordaje integral — letraese letra ese

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Feminicidio: abordaje integral


Aunque el feminicidio está reconocido como delito en todo el país, las diferencias entre las legislaciones estatales y los procedimientos locales de investigación han complicado la respuesta institucional. Frente a este panorama, la titular del Ejecutivo federal presentó una iniciativa de ley que busca establecer criterios comunes para prevenir, investigar y sancionar estos crímenes, además de fortalecer la protección y reparación del daño a las víctimas y sus familias.

La iniciativa, enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum al Senado el pasado mes de julio, busca homologar el delito de feminicidio, establecer penas de hasta 70 años de prisión y transformar los mecanismos de investigación y atención a las víctimas, tanto directas como indirectas.

En México, la investigación de un feminicidio depende del estado en el que se cometa el crimen. Aunque las 32 entidades federativas reconocen este delito en sus legislaciones penales, existen diferencias en los criterios para identificarlo, las agravantes, las sanciones y los procedimientos de investigación. Esta fragmentación ha representado un obstáculo para garantizar el acceso a la justicia para las víctimas.

Ante esta realidad, el Gobierno federal presentó una iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Feminicidio, que busca establecer criterios uniformes en todo el territorio nacional. La propuesta continúa en proceso de discusión.

El proyecto propone penas de 50 a 70 años de prisión, así como diez supuestos para identificar las razones de género en un asesinato, protocolos nacionales de investigación y medidas de protección para las víctimas sobrevivientes y las familias de mujeres asesinadas. También contempla un registro nacional de niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad a causa del feminicidio.

Sin embargo, el alcance de la iniciativa va más allá del endurecimiento de las sanciones. Su principal desafío será traducir las reformas en investigaciones efectivas, instituciones especializadas y políticas públicas capaces de prevenir la violencia antes de que llegue a ser letal.

Violencia que persiste

Aunque en las últimas décadas se han logrado avances en el reconocimiento de los derechos de las mujeres y en la legislación para protegerlas, los feminicidios continúan siendo una realidad.

De acuerdo con las cifras del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), citadas en la exposición de motivos de la iniciativa, durante 2024 se registraron 855 feminicidios en México, mientras que en 2025 se contabilizaron 732. Tan solo en enero de 2026 se reportaron al menos 94 casos.

Estos datos muestran la dimensión de un problema que no puede entenderse solo desde el ámbito penal, sino que germina, se alimenta y se perpetúa a través de las condiciones de desigualdad, discriminación y distintas formas de violencia que pueden presentarse en el ámbito familiar, social, laboral e institucional.

En este contexto, la iniciativa de Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar el Delito de Feminicidio busca construir una respuesta nacional que abarque desde la prevención y la detección de situaciones de riesgo hasta la investigación de los crímenes, la sanción de los responsables y la reparación integral del daño. Su propósito es establecer criterios comunes para que las instituciones de los distintos órdenes de gobierno actúen de manera coordinada y las mujeres cuenten con mecanismos de protección y acceso a la justicia en todo el territorio nacional.

 

La violencia extrema contra las mujeres afecta al tejido social en su conjunto. Por esto, el Gobierno federal busca implementar una nueva ley que permita abordar el problema de una forma más integral. La prevención y la atención a las víctimas y sus familias serán elementos primordiales en el abordaje.

 

Una definición nacional del feminicidio

Uno de los principales cambios que plantea la iniciativa es la homologación del delito de feminicidio en todo México. Así, el artículo 10 señala que comete feminicidio quien “prive de la vida a una mujer por razones de género”. Para determinar cuáles son estas razones, contempla diez supuestos: la existencia de violencia sexual, lesiones degradantes, antecedentes de violencia, relaciones afectivas o de confianza con el agresor, intento del agresor de establecer tales relaciones afectivas, desaparición previa, exposición pública del cuerpo, relación de poder asimétrica entre la víctima y su agresor, prejuicios relacionados con la identidad o expresión de género y que la víctima se encontrara en estado de indefensión.

Cabe destacar que la propuesta de ley reconoce como mujer a toda persona que se identifique como tal, lo que permite incorporar expresamente a las mujeres trans dentro de su ámbito de protección.

Con esta homologación se busca que las circunstancias de un crimen sean investigadas y valoradas bajo los mismos criterios, independientemente del lugar donde haya ocurrido el delito.

En materia de sanciones, la iniciativa establece penas de 50 a 70 años de prisión y multas de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). Además, contempla 19 circunstancias agravantes que pueden incrementar la pena hasta en una mitad, entre ellas se encuentran los feminicidios cometidos contra niñas, adolescentes, mujeres embarazadas, mujeres con discapacidad, periodistas, defensoras de derechos humanos y mujeres indígenas o migrantes.

La reforma también propone que el delito de feminicidio no prescriba, de forma que no se termine la posibilidad de perseguirlo penalmente ni la obligación de cumplir las penas impuestas. Estas disposiciones buscan fortalecer el marco jurídico nacional y establecer una respuesta penal uniforme frente a una de las formas más extremas de violencia contra las mujeres.

Investigar con perspectiva de género

La iniciativa plantea cambios importantes en la manera de investigar las muertes violentas de mujeres. Uno de sus principios centrales es que toda muerte violenta de una mujer deberá investigarse inicialmente bajo la hipótesis de feminicidio, incluso cuando las circunstancias aparentes sugieran un suicidio o accidente. Esta disposición, contemplada en los artículos 21 y 22, busca garantizar que las autoridades consideren desde el inicio la posible existencia de razones de género y reúnan los elementos necesarios para esclarecer los hechos.

Esto no significa que todas las muertes violentas deban clasificarse definitivamente como feminicidios, como han señalado los críticos de este tipo penal desde su instauración, sino que la investigación debe de contemplar esa posibilidad antes de descartarla.

La Fiscalía General de la República tendría la responsabilidad de expedir un Protocolo Nacional Homologado para la Investigación del Delito de Feminicidio, que serviría como referencia común para las instituciones encargadas de procurar justicia. Asimismo, se prevé el fortalecimiento de fiscalías especializadas, integradas por personal ministerial, policial y pericial con formación en perspectiva de género y derechos humanos.

Estas medidas retoman estándares establecidos por organismos nacionales e internacionales, particularmente los derivados de la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso González y otras vs. México, mejor conocido como Campo Algodonero. Con ello, la propuesta busca que las investigaciones se desarrollen con mayor coordinación, procedimientos especializados y criterios compartidos, para contribuir al esclarecimiento de los crímenes y al acceso efectivo a la justicia.

 

La Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) de 2021 aporta otra dimensión del problema: siete de cada diez mujeres de 15 años o más han experimentado algún tipo de violencia a lo largo de su vida.

 

Las familias también son víctimas

La iniciativa reconoce que las consecuencias de un feminicidio se extienden a las familias y a las personas cercanas a las víctimas, por lo que incorpora medidas destinadas a garantizar sus derechos y atender sus necesidades. El artículo 38 por ejemplo, contempla el acceso a la verdad y la justicia, asistencia jurídica especializada y gratuita, protección, atención médica y psicológica, participación en los procedimientos penales y reparación integral del daño.

La propuesta incluye disposiciones para garantizar un trato digno durante todas las etapas del proceso. El artículo 40 establece que la reparación integral deberá comprender medidas de restitución, rehabilitación, compensación, satisfacción y garantías de no repetición.

Uno de los componentes más importantes de la iniciativa está dedicado a las niñas, niños y adolescentes que pierden a sus madres a consecuencia de un feminicidio. La propuesta reconoce que estas infancias enfrentan cambios profundos en su entorno familiar, sus condiciones económicas, su estabilidad emocional y sus oportunidades de desarrollo. Por ello, los artículos 43 a 51 contemplan medidas de protección especial que incluyen alimentación, atención psicológica, acceso prioritario a servicios de salud, continuidad educativa, asesoría jurídica y acceso a programas sociales.

También se propone crear el Registro Nacional de Niñas, Niños y Adolescentes en Situación de Orfandad por Feminicidio, a cargo del Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), en coordinación con otras instituciones. Este instrumento permitiría identificar a las personas menores de edad que se encuentran en esta situación, conocer sus condiciones de cuidado y dar seguimiento a las medidas necesarias para garantizar sus derechos.

De esta manera, la iniciativa incorpora una dimensión del feminicidio que va más allá de la investigación penal: la protección y el acompañamiento de las infancias cuyas vidas también resultan profundamente afectadas por estos crímenes.

La propuesta parte del reconocimiento de que la atención a la violencia feminicida debe comenzar antes de que ocurra un crimen. Por ello, establece acciones de prevención que involucran a las autoridades federales, estatales y municipales, con el fin de identificar situaciones de riesgo, fortalecer los mecanismos de protección y promover cambios sociales que ayuden a erradicar la violencia de género.

Se busca articular los servicios existentes, como los Centros de Justicia para las Mujeres, los refugios, la Línea de las Mujeres y los servicios gratuitos de asesoría jurídica. No obstante, la Secretaría de las Mujeres tendría un papel central en la coordinación de la política pública nacional, en colaboración con las instituciones encargadas de seguridad, procuración de justicia, salud, educación y desarrollo social. La intención es avanzar hacia una respuesta institucional que combine la protección inmediata, la atención integral y la identificación temprana de factores de riesgo.

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